La justicia en lo Contencioso Administrativo rechazó este miércoles la cautelar de la firma belga Dredging Internacional contra la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables para suspender la licitación de la Hidrovía del Paraná.
La Justicia había habilitado la feria para tratar la medida presentada por una de las empresas interesadas en la concesión por 30 años con opción a 30 más. “La cuestión traída a resolver excede el instituto cautelar, atento a que se requiere un estudio más profundo y un mayor debate y prueba del que autoriza este tipo de procesos”, detallaron.
Aun así, hoy el juzgado de feria de primera instancia negó el planteo que quería frenar la “modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado, redragado y mantenimiento” de la Vía Navegable Troncal. El corredor fluvial estratégico representa una de las principales arterias económicas tanto del país como de la región, ya que aproximadamente el 80% de las exportaciones del complejo cerealero oleaginoso de la Argentina pasan por allí.
Según la Justicia, los argumentos de ambas partes involucran “cuestiones que presentan una significativa complejidad y exceden el acotado marco de conocimiento preliminar de esta medida”. Explican que las irregularidades que menciona la empresa -y la intención de redireccionar la licitación para favorecer a la empresa que actualmente presta el servicio de dragado- no se advierten en el pliego de Bases y Condiciones.
“Además, cabe señalar que la apertura de ofertas ocurrirá recién el 12/02/2025; por lo que tampoco se advierte ni es posible conocer, en esta oportunidad, la empresa que será la nueva prestataria del servicio de dragado; como así tampoco se encuentra debidamente evidenciado que la Administración no vaya a resolver -en tiempo oportuno- las impugnaciones realizadas al proceso licitatorio en sede administrativa”, agregaron.
Para el juzgado, para poder considerar la ilegalidad que articulan, “se precisa de un mayor conocimiento de la cuestión”, lo que requiere de pruebas y un mayor debate. Aquella presentación de pruebas, sostuvieron, recae sobre Dredging International Tampoco consideraron que “las consecuencias de la aplicación de lo dispuesto en las normas cuestionadas por la aquí actora resulten más perjudiciales que las producidas por su suspensión”.
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